Las utilidades son tu derecho

2024-05-02 10:17:49   444 Visitas


México.- Inició el mes de mayo y, con él, llega el esperado pago de las utilidades, un derecho constitucional que tienen las y los trabajadores, el cual se entrega una vez al año, y en esta ocasión te diremos cuál es la fecha máxima para recibirlo, así como otra información que debes tomar en cuenta en esta época del año. Presta mucha atención.



Como ya lo mencionamos en el párrafo anterior, el reparto de utilidades es un derecho que tienen las y los trabajadores en México, gracias a su contribución en las ganancias que genera la empresa en la que laboran. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es una obligación que tienen las empresas o los patrones con sus empleados, a quienes se les debe entregar un porcentaje de las ganancias que obtuvieron en todo un año.


Según lo que establece la Ley Federal del Trabajo, el pago de las utilidades debe efectuarse en los 60 días posteriores a la fecha en la que el empleador presente su Declaración Anual: no obstante, hay algunos trabajadores que no podrán obtener este beneficio y son los siguientes:

• Directores, administradores y gerentes generales de la empresa.
• Socios o accionistas de la empresa.
• Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año al que corresponda el pago de utilidades.
• Profesionistas, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado.
• Las trabajadoras del hogar.

¿Qué día se pagan las utilidades?

• Del 1 de abril al 30 de mayo si trabajas para una empresa.
• Del 1 de mayo al 29 de junio si tu patrón es una persona física.



¿Qué hacer si no te las pagan?

En caso de que esto suceda, puedes emitir tu denuncia al correo [email protected] o comunicarte al número 800 717 2942 y al 800 911 7877 de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. De igual forma, puedes acudir a sus oficinas en Doctor José María Vértiz número 211.

Ahora ya sabes cuál es la fecha en máxima en la que deben pagarte las utilidades, por lo que te sugerimos hacer valer tu derecho. Recuerda: está establecido en la constitución.


Edición: Alondra Reazola Urías