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Camargo, Chih.- El licenciado **Javier Almeida**, subjefe del Ministerio Público, informó que, aun cuando una muerte sea catalogada como accidental —como en el caso del hombre que cayó a un pozo— la ley obliga a la autoridad a iniciar la carpeta de investigación correspondiente para verificar de manera formal cómo ocurrieron los hechos que derivaron en la pérdida de la vida. Precisó que ya se practicó la necropsia de ley, se realizaron las diligencias necesarias y el cuerpo fue identificado y entregado a sus familiares para su sepultura.

Señaló que el Ministerio Público debe corroborar que la información contenida en los informes de la Policía Municipal y de la Policía Ministerial Investigadora sea fidedigna y confirme que efectivamente se trató de un hecho accidental. Aunque estos trámites resultan complejos y dolorosos para los familiares, subrayó que forman parte de los procedimientos legales obligatorios.

En cuanto a un posible apoyo para gastos funerarios, aclaró que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas interviene únicamente cuando se trata de hechos delictivos en los que exista un imputado y la víctima no haya provocado las circunstancias. Añadió que también se realizan indagatorias para establecer el contexto en que se encontraba la persona y descartar la participación de terceros; de confirmarse que fue un accidente, se clasificaría como muerte imprudencial y, una vez agotadas las diligencias, se cerraría la carpeta de investigación.