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SCJN frena abusos en multas vehiculares

2026-03-26 12:55:46   185 Visitas


Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de criterios que impacta directamente a propietarios de vehículos en el país, al establecer que el plazo para promover un juicio de amparo indirecto contra multas de tránsito comienza cuando el dueño tiene conocimiento directo de la infracción, y no cuando esta es notificada al conductor.

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El criterio, derivado de la Contradicción de Criterios 170/2025, pone fin a interpretaciones opuestas entre tribunales colegiados, algunos de los cuales consideraban suficiente la notificación al conductor para iniciar el cómputo del plazo. La Corte determinó que dicha notificación no garantiza que el propietario esté enterado, por lo que no puede afectarse su derecho a impugnar.


Con esta resolución, el máximo tribunal del país refuerza el acceso efectivo a la justicia y evita que la responsabilidad solidaria derive en desventajas procesales para los dueños de vehículos. Además, brinda certeza jurídica al establecer que el plazo legal inicia únicamente cuando el propietario tiene conocimiento real del acto que pretende impugnar.

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Edición: Samhira Martínez