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Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló el pasado 6 de abril que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda bloquear cuentas bancarias sin orden judicial previa, siempre que existan indicios de delitos financieros. La resolución, aprobada por mayoría, valida la reforma a la Ley de Instituciones de Crédito y permite aplicar esta medida como acción preventiva.
El fallo generó posturas divididas dentro del propio tribunal, ya que algunos ministros advirtieron la falta de criterios claros para determinar los “indicios suficientes”, lo que podría derivar en afectaciones al patrimonio sin una resolución judicial.
En contraste, se argumentó que el bloqueo no constituye una sanción penal, sino un mecanismo para proteger el sistema financiero.

Tras la decisión, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) advirtió que la medida genera incertidumbre jurídica y podría afectar la inversión, especialmente en micro, pequeñas y medianas empresas. El organismo pidió establecer controles judiciales, criterios claros y límites a la medida para evitar afectaciones a la operación de negocios y al empleo.