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Esto pasa si no la tramitas la CURP biométrica

2026-05-13 14:10:33   317 Visitas


México.- La CURP biométrica 2026 ha generado incertidumbre entre la población respecto a si será de carácter obligatorio y qué consecuencias habría para quienes no la tramiten. Aunque el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la establece como un documento oficial de identificación obligatorio, el Gobierno de México aclaró que, por el momento, su implementación será voluntaria y se integrará de manera progresiva en distintos servicios públicos.

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De acuerdo con el acuerdo publicado el 24 de febrero de 2026 en el DOF, este nuevo formato de la CURP comenzará a emplearse como medio de identificación en diversos trámites gubernamentales, incluyendo algunos vinculados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

En cuanto a quienes no la tramiten, las autoridades han señalado que actualmente no es un requisito para realizar gestiones oficiales; sin embargo, advirtieron que su uso se irá incorporando de forma gradual como requisito en diferentes servicios del gobierno.

El Gobierno federal explicó que esta nueva CURP forma parte de un proceso de modernización y digitalización de los sistemas de identificación en México, por lo que cada vez más instituciones la adoptarán en sus procedimientos administrativos. Aun así, no existe una fecha definida para que sea obligatoria de manera general en todo el país.


En cuanto a su contenido, el Diario Oficial de la Federación establece que la CURP biométrica estará disponible en formato físico y digital, e incluirá información personal y datos biométricos para reforzar la seguridad en la identificación de los ciudadanos. Entre estos datos se encuentran nombre completo, fecha de nacimiento, sexo o género, lugar de nacimiento, nacionalidad, huellas dactilares, fotografía, escaneo de iris y firma electrónica.

Para su trámite, las autoridades solicitarán documentación como identificación oficial vigente, acta de nacimiento certificada reciente, CURP actual validada por RENAPO, comprobante de domicilio y un correo electrónico activo. Además, el proceso será presencial debido a la captura de datos biométricos como huellas y fotografía.

El procedimiento incluye la presentación de documentos, verificación de datos, toma de biométricos y su integración en las bases del Registro Nacional de Población (RENAPO). La Secretaría de Gobernación habilitará módulos en distintas partes del país, aunque el registro también puede iniciarse en línea.


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Sobre su obligatoriedad para adultos mayores, el decreto indica que la implementación será gradual y dependerá de lineamientos federales, además de que será necesario el consentimiento del titular para el uso de datos biométricos. En algunos casos, podrían solicitarse documentos adicionales para acreditar identidad y nacionalidad, incluso si se cuenta con credencial del INAPAM.

En el caso de menores de edad, el trámite deberá ser realizado por padres o tutores previamente registrados. Para niños de 0 a 4 años se tomará fotografía; de 5 a 11 años se incluirán huellas de dedos e iris; y de 12 a 17 años se recopilarán fotografía, huellas completas y escaneo de ambos iris.


Edición: MANUEL GALLEGOS