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Analizan si Cabeza de Vaca puede llegar a la boleta

2026-08-28 20:03:57   112 Visitas


Ciudad de México.- Las recientes declaraciones del exgobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, sobre su intención de buscar la candidatura a la Presidencia de México generaron cuestionamientos acerca de si actualmente cumple con las condiciones legales para aparecer en una boleta electoral.

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La Constitución establece una serie de requisitos que deben cumplir quienes aspiren a ocupar la Presidencia de la República. Entre ellos se encuentra ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en pleno ejercicio de los derechos político-electorales, ser hijo de padre o madre mexicanos y haber residido en el país durante al menos 20 años.

También es necesario tener 35 años cumplidos al momento de la elección y haber permanecido en territorio nacional durante el año previo a los comicios. La ausencia del país por un periodo de hasta 30 días no interrumpe la residencia.

Otro de los requisitos establece que la persona no debe pertenecer al estado eclesiástico ni desempeñarse como ministro de algún culto.


La Constitución contempla además restricciones relacionadas con vínculos familiares con quien ocupe la Presidencia. Durante los tres años anteriores a la elección, el aspirante no debe haber mantenido matrimonio, concubinato o unión de hecho, ni tener determinados grados de parentesco con la persona titular del Poder Ejecutivo federal.

Asimismo, existen condiciones para funcionarios y elementos de las Fuerzas Armadas. Quienes pertenezcan al Ejército, Fuerza Aérea, Armada o Guardia Nacional deben separarse del servicio activo al menos seis meses antes de la elección.

La misma disposición aplica para titulares de Secretarías de Estado, Subsecretarías, la Fiscalía General de la República o quienes encabecen el Poder Ejecutivo de alguna entidad federativa, quienes deben dejar el cargo con seis meses de anticipación.

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¿Qué ocurre en el caso de Cabeza de Vaca?

El coordinador general de Política y Gobierno de la Oficina de la Presidencia, Arturo Zaldívar, explicó recientemente los criterios relacionados con la pérdida o suspensión de los derechos político-electorales cuando una persona enfrenta una investigación o procedimiento penal.

Durante la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum, Zaldívar señaló que el hecho de ser denunciado, investigado, imputado o vinculado a proceso no significa automáticamente que una persona pierda su derecho a ser candidata, debido al principio de presunción de inocencia.

En el caso de Cabeza de Vaca, existen órdenes de aprehensión relacionadas con presuntos delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita. Además, el exgobernador se encuentra fuera de México, situación que también genera cuestionamientos respecto al requisito constitucional de residencia.


De acuerdo con los criterios expuestos por Zaldívar, una persona vinculada a proceso puede conservar sus derechos político-electorales si permanece en libertad. Sin embargo, cuando se impone prisión preventiva, dichos derechos quedan suspendidos.

En caso de existir una sentencia condenatoria, la situación debe analizarse de acuerdo con las circunstancias particulares. Si la persona se encuentra privada de la libertad, sus derechos permanecen suspendidos mientras cumple la pena.

Por otro lado, una persona condenada que permanece en libertad podría conservar la posibilidad de ser candidata, salvo que la propia sentencia determine de manera expresa la suspensión de sus derechos o que se trate de alguno de los supuestos contemplados en el artículo 38 constitucional.

Zaldívar enfatizó que la elegibilidad de una persona debe determinarse caso por caso, tomando en cuenta su situación jurídica y el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Constitución.


Edición: MANUEL GALLEGOS