
Chihuahua, Chih.- Según la resolución que negó el amparo en el juicio 2015/2023, el exsecretario de Hacienda estatal Arturo F. V. fue quien giró los oficios mediante los cuales el despacho López-Elías Finanzas Públicas S.C. cobró 98 millones 600 mil pesos por un servicio que no se comprobó que hubiera sido realizado.
Entre los argumentos para negar el amparo, la jueza también tomó en cuenta el informe de la Fiscalía General del Estado (FGE), donde se indica que el exfuncionario posee pasaporte vigente pero carece de visa estadounidense, a pesar de tener un domicilio en Nuevo México.
La jueza Jessica María Contreras Martínez, titular del Juzgado Tercero de Distrito, sostuvo que quedó acreditada la facultad del exfuncionario —actualmente prófugo— para administrar los recursos estatales, en su calidad de secretario de Hacienda y fideicomitente en el Fideicomiso Maestro Irrevocable de Administración y Fuente de Pago número 851-01869, a través del cual se autorizaron los pagos al mencionado despacho.
En su carácter de servidor público, Arturo F. V. envió el oficio SH-0377/2019, fechado el 4 de julio de 2019, al banco fiduciario, instruyendo la contratación de López-Elías Finanzas Públicas S.C., lo que contravino la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Chihuahua.

La FGE comprobó también que el exsecretario firmó otros oficios, como el SH-0990/2019 (3 de diciembre de 2019) y el SH-0494/2020 (5 de agosto de 2020), mediante los cuales ordenó pagos del fideicomiso señalado, usando recursos públicos de la cuenta 851-97747-001-3.
Gracias a esos documentos, el despacho recibió los pagos el 9 de diciembre de 2019 y el 18 de agosto de 2020, sumando 98.6 millones de pesos, sin cumplir con la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público, ya que no se pidió la suficiencia presupuestal y no hay evidencia de que los servicios fueron prestados y entregados al Estado.
La Fiscalía señaló que el exfuncionario solicitó la suficiencia presupuestal hasta el 23 de diciembre de 2019, es decir, 14 días después de que se realizó el primer pago. Esta solicitud fue recibida el 6 de enero de 2020, y quedó de manifiesto que la contratación fue autorizada 172 días antes de pedir dicha suficiencia, mientras que el primer pago ocurrió 15 días antes. Además, no se localizó la autorización correspondiente al segundo pago.
La jueza destacó que la Secretaría de Hacienda justificó el primer pago con actividades realizadas entre el 24 de enero y el 29 de mayo de 2019, sin relación con el contrato firmado el 6 de julio de 2019. Tampoco se encontraron documentos que probaran asesoría previa por parte del despacho.
El fallo incluye el testimonio de una persona que aseguró que la contratación del despacho era innecesaria, ya que el personal de Hacienda tenía la capacidad técnica para realizar el modelo de reestructura, mientras que lo único indispensable eran servicios legales, como en la primera reestructura, que costaron 600 mil pesos, comparados con los 98 millones pagados esta vez.

Con base en estos datos, la jueza consideró que existen elementos suficientes para acreditar el delito de peculado, según la Dirección de Inteligencia Directiva, Patrimonial, Financiera y Fiscal.
El expediente señala que el exfuncionario no fue localizado en su domicilio en Chihuahua y que posee pasaporte vigente. Según el consulado estadounidense, entró por última vez a EE.UU. el 7 de abril de 2023, viajó de Madrid a Dallas el 30 de marzo de 2023 y de ahí a Ciudad de México. No cuenta con visa de turista, aunque sí tiene domicilio en Nuevo México.
Por todo lo anterior, la jueza determinó negar el amparo y la protección de la justicia federal a Arturo F. V. frente a la orden de aprehensión girada el 25 de abril de 2023.