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Avalan bloqueo de cuentas sin orden judicial

2026-04-06 20:25:53   267 Visitas


Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Unidad de Inteligencia Financiera tiene la facultad de bloquear cuentas bancarias sin necesidad de una orden judicial previa, siempre que existan elementos que apunten a posibles operaciones de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo. La decisión fue aprobada este 6 de abril con el respaldo de seis ministros.

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Con esta resolución, se valida la modificación al artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, que permite incluir tanto a personas físicas como morales en una lista de cuentas restringidas como medida precautoria.

Durante la discusión, la ministra Loretta Ortiz Ahlf explicó que este tipo de bloqueo no constituye una sanción penal, sino una acción administrativa con fines preventivos, orientada a proteger la estabilidad del sistema financiero del país.

En el mismo sentido, el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, precisó que la medida no puede aplicarse de manera arbitraria, ya que debe sustentarse en información comprobable y no únicamente en sospechas.


No obstante, el fallo generó opiniones encontradas. La ministra Yasmín Esquivel señaló la falta de criterios claros para determinar qué se considera un indicio suficiente, mientras que el ministro Giovanni Figueroa advirtió que este tipo de acciones podría afectar derechos, al limitar el acceso a recursos sin las garantías propias de un proceso penal.

Además, con una votación de siete a favor, el máximo tribunal también estableció que la UIF podrá ordenar el bloqueo de cuentas sin requerir solicitudes provenientes del extranjero, modificando así su postura anterior.

De esta forma, la UIF amplía su margen de actuación dentro del sistema financiero nacional, en medio de un debate sobre los posibles alcances y consecuencias de esta medida.

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Edición: MANUEL GALLEGOS